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• Especialista explicó que ambas conductas atentan contra los derechos humanos; perpetuadas por el sistema patriarcal

El acoso y el hostigamiento sexual son conductas que reflejan las desigualdades estructurales basadas en el género que persisten en la sociedad, destacó la doctora Imelda Garnica Cobos, especialista en Género y Derecho, durante la conferencia La perspectiva de género, abordaje en las conductas por acoso y hostigamiento sexual

En la disertación, realizada en el marco del 25N-UNAM Libre de Violencia hacia las Mujeres,Garnica Cobos compartió que la Organización Internacional del Trabajo define el acoso sexual “como una conducta no deseada de naturaleza sexual en el lugar de trabajo, que hace que la persona se sienta ofendida, humillada y/o intimidada”. 

A diferencia del acoso, el hostigamiento sexual sucede cuando dicha conducta está presente en una relación de subordinación de la víctima frente al agresor, acotó la ponente. La exservidora pública de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México agregó que estas conductas pueden estar dirigidas a una o varias personas, o estargeneralizadas al grado de crear algún ambiente de trabajo hostil. 

En ese sentido, detalló el marco normativo sobre el tema, que incluye la Constitución mexicana, que en el artículo 1º destaca la prohibición de la discriminación; la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y los códigos penales, como el de la Ciudad de México.

También destacó que México ratificó la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (conocida como Convención de Belém do Pará), donde los estados miembros se comprometieron a actuar de forma pronta y diligente contra estas problemáticas. 

De igual forma, habló sobre algunas sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, como el Caso González y otras (conocida como el Campo Algodonero), que estableció criterios para que el Estado Mexicano investigara casos de violencia y violación sexual de mujeres. También destacó las sentencias de los casos Fernández Ortega y otros vs México y el de las mujeres víctimas de tortura sexual en Atenco, los cuales abordan el tema de la violencia sexual. 

La ponente mencionó que el acoso y el hostigamiento sexual se sostienen debido al patriarcado, el cual ha institucionalizado el dominio masculino sobre los cuerpos de las mujeres, además, utiliza la violencia como sustento de la dominación y sitúa a los hombres como el centro de todo. 

Destacó que el hostigamiento y acoso sexual violentan los derechos humanos de las mujeres,entre los que están el derecho a la vida, al libre desarrollo de la personalidad, a la libertad sexual, a la vida libre de violencia y trato digno, entre otros. 

Describió que entre las pruebas o indicios aplicablesestán la declaración de la víctima; lasvideograbaciones de acciones físicas, verbales o no verbales; los correos electrónicos y mensajes de texto; el uso de redes sociales; testimoniales de otros compañeros; constancias médicas o psicológicas, entre otras. Además, explicó que estasconductas dentro del servicio público pueden investigarse y sancionarse por tres vías: laboral, penal y administrativa.

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